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Entre los distintos porqués que justifican el fenómeno de la sucesiónpor causa de muerte es habitual apuntar al principio de seguridadjurídica, en la medida en que, a través suyo, se viabiliza lasubsistencia de las posiciones jurídicas, activas y pasivas, que elcausante dejó vacantes tras su óbito y la consiguiente extinción de su personalidad. Así, dicho fenómeno se muestra singularmentetrascendente en lo que ata?e al pago de sus deudas, pues, en efecto,se estima necesario que alguien se haga cargo de ellas y asuma, enconsecuencia, la responsabilidad de conservar su patrimonio a fin deque puedan hacer efectivos sus derechos quienes ostenten alguno sobreél. Existe, sin embargo, un llamativo contraste entre aquel prurito de seguridad y el tratamiento normativo que el Código civil espa?oldispensa a esta cuestión, ya que el sistema de responsabilidadhereditaria que en él se perge?a no solo es altamente oscuro, sino que presenta graves lagunas. Conviene resaltar, además, que estaoscuridad se ha visto ulteriormente reforzada por algunas importantesreformas normativas, como las que vienen representadas por la LEC en2000 o la LC en 2003. La presente obra tiene por objeto el análisis de dichos problemas y, en consecuencia, en ella se abordan cuestionestales como el sistema de responsabilidad hereditaria del CC y de losDerechos civiles autonómicos, la protección de los acreedoreshereditarios en la LEC, el régimen de la aceptación beneficiaria trasla LJV de 2015, el concurso de la herencia y del heredero o laprotección de los legatarios en la LH.